Con nuevas limitaciones en cuanto al monto de dinero para realizar transferencias, los detalles para evitar complicaciones fiscales
11/12/2024 – 09:59hs
Mientras la mayoría de los argentinos nos manejamos con cada vez menos dinero en efectivo y optamos por enviar la plata de manera virtual, estamos a su vez cada vez más atentos a la hora de recibir transferencias bancarias o mediante una billetera virtual porque sabemos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), ahora ARCA, a través de los informes de las entidades bancarias, se encuentran siguiendo de cerca la «justificación» de cada una de esas transacciones.
Y si bien es cierto que, muchas veces, aunque una transferencia esté debidamente justificada ˗tal es el caso de la venta de un inmueble o de un automóvil, o los servicios facturados a un cliente˗, de forma preventiva nos pueden retener los fondos, basta con presentar la documentación pertinente que respalde la operación con el fin de liberar sin problemas mayores dicho dinero. ¿Y si nos retienen el dinero por error? En esos casos hay que:
- Comunicarse con el banco donde somos clientes
- Informar que hubo una acreditación de dinero errónea (que no era para nosotros)
- Revertir la transferencia, devolviendo la plata a quien emitió la orden.
Ahora bien, si el monto de la transferencia es mayor a $100.000 y no está justificado, ¿podemos actualmente exponernos a ciertos riesgos y problemas ante la AFIP?
ARCA – EX AFIP: cuánto dinero puedo recibir en una transferencia y qué pasa si me excedo
Lo cierto es que ARCA cuenta con una vasta cantidad de información de cada uno de los contribuyentes: movimientos bancarios, gastos con tarjeta, detalles sobre nuestros ingresos, entre tantos otros. Y si la ARCA identifica discrepancias entre las declaraciones juradas y la situación real por montos significativos, tomará medidas para investigar al contribuyente y, finalmente, emitirá una intimación.
Un ejemplo es cuando monotributista posee gastos elevados en su tarjeta de crédito que exceden a los topes máximos de su categoría en la cual se encuentra inscripto, por lo que podrá recibir multas e intereses, además de tener que recategorizarse o pasar al Régimen General. Por su parte, el banco podrá retener, rechazar o pedir que se justifique el origen de los fondos de una transferencia también en el caso de que una persona no figure registrada como contribuyente. Hasta podría generar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) ante la Unidad de Información Financiera (UIF) o hasta cerrar dicha cuenta.
De todos modos, de acuerdo con las regulaciones del Banco Central efectivizó a partir de septiembre de 2024:
- Si una persona recibe una transferencia por más de $100.000 no deberá justificarla
- El límite de los montos máximos establecidos que podrán recibirse a través de una transferencia por medio del Home Banking es de $250.000 y $125.000, a través de un cajero automático.
- Si se quisiera recibir una transferencia por home banking mayor a tales montos, la persona que la realiza deberá hacerla por medio del método tradicional (tiene un día de demora), o darle un preaviso al banco y aclarar qué día se hará la operación, el monto y el CBU o número de cuenta de quien la recibe.
- El monto límite para recibir una transferencia desde una billetera virtual (en el caso de personas sin ingresos declarados) es de $400.000.
Así las cosas, se puede recibir una notificación a través de un mail para que el individuo pueda regularizar la situación de haber recibido dinero mediante una transferencia bancaria por un monto que haya excedido los máximos permitidos. Por consiguiente, deberá presentar los documentos que expliquen estos movimientos, según cada situación, como facturación de los últimos 6 meses, comprobantes de haberes jubilatorios, recibos de sueldo, etc.