miércoles, 5 febrero, 2025

La doctrina del TS sobre tarjetas de pago aplazado puede costar al sector 12.000 millones

Madrid, 5 feb (EFECOM).- La doctrina expuesta esta semana por el Tribunal Supremo sobre los requisitos de transparencia de las tarjetas de pago aplazado o «revolving», de las que hay en España unos 15 millones, puede tener en las entidades financieras un impacto cercano a los 12.000 millones de euros.

Ese es el cálculo del bufete Navas & Cusí, que destaca que cabe esperar una avalancha de reclamaciones ya que los exigentes criterios del Supremo «probablemente no se cumplen en ningún caso».

El pasado lunes, el Supremo divulgó dos sentencias fechadas el 30 de enero con los requisitos que deben cumplir las entidades financieras cuando ofrecen este producto, que dilata el pago de intereses de modo que el préstamo se alarga casi indefinidamente.

El Supremo estableció que la entidad financiera debe explicar, antes de la firma del contrato, que el crédito se prorroga automáticamente y que la amortización del capital es escasa comparada con el pago de intereses.

En febrero de 2023, el Supremo ya había considerado usurario el interés de este tipo de tarjetas si superaba en más de 6 puntos porcentuales el tipo de interés de estos productos en cada momento.

Pese a esta limitación, explica el bufete, España se ha convertido en el país con las tarjetas «revolving» más caras de toda Europa, porque las entidades se han colocado en el límite que marcaba la anterior jurisprudencia para que no se considerara usura, esos 6 puntos menos que el interés medio.

Pese a estos altísimos tipos de interés, que de media se sitúan en el 23 %, la contratación de estas tarjetas ha crecido en los últimos años de forma «consistente», por la facilidad que supone obtener un préstamo sin garantías con cuotas muy bajas que elige el propio usuario.

Si nadie explica con claridad cuál es la evolución del préstamo, -mínima amortización de capital y subida permanente de los intereses pendientes, que pueden convertir el crédito en perpetuo, además de acabar pagando el doble o el triple de lo que se solicitó-, la tentación para los consumidores es «muy alta».

Además, ese no es el peor escenario, ya que en muchas ocasiones el cliente se ve obligado a reestructurar su deuda y convertirla en perpetua.

Aún no está claro, indica Navas & Cusí, cuál es el lazo de prescripción, es decir, si los consumidores pueden reclamar independientemente de cuándo contrataron la tarjeta, aunque hay mucha jurisprudencia de las audiencias provinciales que considera que debe calcularse desde que se declara nula por abusiva. EFECOM

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