viernes, 4 abril, 2025

Corte Suprema: una cautelar ordena a Manuel García-Mansilla que no intervenga en más causas

El juez Alejo Ramos Padilla dictó una medida cautelar por tres meses para frenar la intervención de García-Mansilla en la Corte Suprema, tras la decisión del Senado. Además, dispuso la prohibición del juramento de Lijo.

  • El Gobierno apuntó a la oposición por el rechazo de los pliegos: «El Senado es el refugio de la casta»

  • Revés para el Gobierno en el Senado: el kirchnerismo y el PRO rechazaron los pliegos de Lijo y García-Mansilla

Manuel García-Mansilla asumió en la Corte Suprema en comisión, designado por decreto por el Presidente. 

Foto Senado

A poco de que el Senado rechazara los dos pliegos presentados por el Gobierno para ocupar lugares en la Corte Suprema, el juez Alejo Ramos Padilla dictó este jueves una medida cautelar por tres meses para frenar la intervención de García-Mansilla en la Corte Suprema, quien fue designado en comisión en el máximo tribunal del país a través de un decreto del Presidente. También prohibió que Ariel Lijo asuma de la misma manera.

En un fallo de 73 fojas, Ramos Padilla dictó una cautelar donde «García-Mansilla se abstenga del conocimiento y decisión de todas aquellas causas jurisdiccionales y actuaciones administrativas en trámite por ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación mientras actúe como juez ‘en comisión’ de dicho tribunal». De hacerlo, podría apercibir sanciones penales y/o pecuniarias.

En el caso de Ariel Lijo, la cautelar establece la prohibición de que le presten juramento «en comisión» en la Corte Suprema, incluso si éste renunciara a su puesto como juez de primera instancia o finalmente se le acepte la licencia que había pedido y los cortesanos se la rechazaron.

Cautelar Ramos Padilla Lijo-García Mansilla.pdf

El caso «Aparicio» y el rol del Senado

Para fundamentar la cautelar, Ramos Padilla citó el fallo «Aparicio» de la Corte Suprema, dictado en 2015, donde declaró inconstitucional la designación de abogados conjueces por el Poder Ejecutivo sin el acuerdo del Senado. En aquella decisión, no sólo rechazaba este mecanismo de designación, sino que revaloraba el rol del Senado.

«Resultaba necesario dar aun más vigor al rol del Senado de la Nación en el procedimiento y, en consecuencia, estableció que el acuerdo que dicho cuerpo confiere al candidato propuesto debe contar con el voto de una mayoría calificada», decía la Corte hace diez años.

A partir de este caso, Ramos Padilla revaloriza el mecanismo de designación de jueces aprobación en la reforma constitucional de 1994. Dice claramente: «el acuerdo del Senado para el nombramiento de magistrados es tan trascendente a nivel institucional que, incluso en caso de requerirse una integración provisoria –en este caso por conjueces–, las personas designadas también deben contar con acuerdo del Senado».

Justamente, tras el rechazo del Senado, ni Lijo ni García-Mansilla cuentan con el mínimo de legitimación para ejercer los cargos de cortesanos. De allí, la cautelar. Ahora falta esperar que hará García-Mansilla y sí el Gobierno insiste con mantenerlo.

Más Noticias

Noticias
Relacionadas

Un barco sufrió un desperfecto y dejó a la deriva a 29 pasajeros en el río Paraná

La Prefectura Naval Argentina informó este jueves que asistió...

Filmado mientras sustraía cervezas y cajas de cigarrillos

Cámaras de seguridad instaladas en el interior del negocio...