sábado, 12 abril, 2025

Habló el juez del fallo inédito por bullying y reveló que hubo más agresiones

En los últimos días se conoció la medida cautelar dictada por el juez de Paso de la Patria, Hugo Alejandro Sánchez Martínez, en el que tres adolescentes fueron suspendidas del colegio secundario por tres meses por causar bullying a una compañera. Según el magistrado “las agresiones no solo ocurrieron dentro del ámbito escolar, sino que continuaron por redes sociales, lo que constituye una forma de ciberacoso”. 

El Juzgado Civil, Comercial, Laboral, Familia, Niñez, Adolescencia y de Paz de Paso de la Patria resolvió adoptar una medida cautelar para proteger a una adolescente de 17 años que denunció ser víctima de acoso escolar por parte de un grupo de compañeros del colegio al que asiste.

Para determinar la medida cautelar, Sánchez Martínez, evaluó los testimonios, las capturas de pantalla de mensajes y audios aportados como prueba, y consideró que existía una situación de hostigamiento persistente que ameritaba una respuesta urgente por parte del Poder Judicial.

El juez remarcó que “las agresiones no solo ocurrieron dentro del ámbito escolar, sino que continuaron por redes sociales, lo que constituye una forma de ciberacoso”. 

“El plexo probatorio, si bien escueto, es suficiente para acreditar una potencial situación de acoso escolar (bullying), que amerita la adopción de medidas de cese de acciones tendientes a este objetivo, y resguardo de la integridad psicofísica de la adolescente víctima”, sostuvo el magistrado en su resolución.

“El acoso implica una repetición continuada de burlas o agresiones, que suelen ir en un espiral creciente de violencia y terminar produciendo la exclusión social de la víctima o una suerte de muerte civil”, expresó el juez Sánchez Martínez.

En su análisis, diferenció este tipo de situaciones de una pelea aislada, explicando que para que exista bullying debe haber repetición de los ataques y un desequilibrio de poder entre quien acosa y quien es víctima.

El juez advirtió sobre “una potencial situación de bullying” y ordenó medidas para proteger a una adolescente víctima de hostigamiento. Como parte de la medida, se ordenó que tres de los adolescentes involucrados continúen sus estudios de manera virtual por el plazo de 90 días. Además, se prohibió todo tipo de contacto entre la joven y las personas mencionadas en la causa, tanto en forma presencial como a través de redes sociales o plataformas de mensajería.

La resolución judicial fue comunicada a los directivos del colegio para que tomen las medidas necesarias. También se notificó a los adolescentes involucrados, sus tutores y responsables, y se les indicó que el incumplimiento de esta orden puede constituir un delito penal.

El juzgado dejó abierta la posibilidad de adoptar nuevas medidas en caso de que la situación lo requiera o se presenten nuevos elementos.

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