viernes, 20 junio, 2025

Villarruel habilita jubilaciones anticipadas en el Senado para quienes adeuden hasta cinco años

Así fue establecido por la Vicepresidenta en el decreto 0362/25 firmado el pasado martes.

La vicepresidenta Victoria Villarruel habilitó un régimen de retiro anticipado previo a la jubilación para trabajadores del Senado tanto de planta permanente como temporaria que adeudan hasta cinco años para acceder a ese beneficio.

Así fue establecido por Villarruel en el decreto 0362/25 firmado el pasado 17 de junio, al que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas.

En los considerandos, Villarruel resaltó que esa iniciativa busca “reafirmar su compromiso de adoptar medidas destinadas al fortalecimiento institucional y a la optimización de sus recursos” con el “propósito de atender las necesidades del personal, impulsar la modernización administrativa, promover la reorganización y garantizar la eficiencia de los recursos públicos”.

El alcance abarca al personal de la planta permanente y temporaria al que le “faltaren hasta cinco años para acceder a la edad mínima exigible en el régimen jubilatorio general vigente”, actualmente fijado en 65 para hombres y 60 para mujeres.

El plazo para adherir es de 60 días y, quienes deseen acceder al beneficio, deben contar “con los años de servicios con aportes requeridos para iniciar el trámite”.

El personal de planta temporaria, en tanto, deberá “estar afectado a alguna de las estructuras orgánicas estables con una antigüedad mayor a los 2 años”.

Quedará excluido el personal que se encuentre con sumario administrativo del que pudieran “surgir sanciones de cesantía o exoneración”, así como tampoco podrán hacerlo aquellos que tuvieran ausencias injustificadas, reclamos administrativos iniciados y cuyos casos aún estén pendientes de resolución, salvo cuestiones vinculadas por la ley de Riesgos del Trabajo.

Muchos menos serán alcanzados por la disposición quienes tengan un procesamiento por delitos en perjuicio de la administración pública; personal que “hubiera presentado su renuncia, aunque se encontrara pendiente el acto formal de aceptación; personal que tenga otorgado o en trámite una jubilación ordinaria”, dice el decreto.

La evaluación quedará en manos de la Dirección General de Recursos Humanos, que “eventualmente podrá denegar la petición”, ya que la mera presentación de la solicitud de adhesión al régimen no implica el “otorgamiento del beneficio”.

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