El Senador provincial solicitó la intervención del cuerpo parlamentario ante la demarcación del río Paraná que afecta a la isla frente a Ituzaingó, invocando el precedente de los Hielos Continentales, el Tratado de Límites de 1876 con Paraguay y el respaldo institucional de Corrientes, del Senado nacional y del Parlamento del Norte Grande.
El senador provincial de la Unión Cívica Radical, Noel Eugenio Breard, advirtió sobre la deber de que el Parlamento intervenga ante cualquier intento de redefinición de límites que afecte la soberanía territorial en la Isla Apipé.
En ese sentido, enfatizó que el caso no remite a una discusión histórica cerrada, sino a una situación de plena vigencia política, atravesada por versiones extraoficiales que señalan la posibilidad de acuerdos reservados entre los presidentes de Argentina y Paraguay sobre islas del río Paraná, bajo criterios que no respetarían los tratados internacionales vigentes.
Ante ello, el legislador recordó el principio de que la soberanía no puede resolverse mediante decisiones administrativas o negociaciones ejecutivas sin control legislativo.
En ese sentido, subrayó que la Isla Apipé constituye un ejemplo paradigmático de cómo una demarcación técnica puede transformarse en una decisión política cuando altera el sentido de un tratado, afectando derechos territoriales consolidados y la vida cotidiana de miles de ciudadanos argentinos.
El Senador provincial recalcó que Apipé es un territorio correntino donde viven aproximadamente 3.500 personas que ejercen plenamente su ciudadanía argentina, votan en elecciones nacionales y provinciales y mantienen vínculos sociales, económicos y culturales con la ciudad de Ituzaingó.
Sin embargo, explicó que la isla ha quedado convertida en una «isla seca», rodeada por aguas jurisdiccionales paraguayas, como consecuencia de una demarcación que no respetó el criterio del canal principal fijado en el tratado de límites.
Desde esa perspectiva, Breard advirtió que la discusión excede largamente el plano técnico o diplomático y se inscribe en el corazón del sistema constitucional argentino.
En la misma línea, subrayó que cualquier redefinición de fronteras que implique una pérdida territorial, directa o indirecta, requiere necesariamente la intervención del Congreso, como expresión de la soberanía popular y garante del cumplimiento de los tratados internacionales.
EL PRECEDENTE DE LOS HIELOS CONTINENTALES
SOBERANÍA. El Senador remarcó que el conflicto por la Isla Apipé no es una cuestión técnica ni diplomática, sino un debate constitucional que pone en juego el respeto a los tratados, el rol del Parlamento y la defensa efectiva de la soberanía territorial.
Breard contrastó el debate sobre Apipé con el de Hielos Continentales, expresando que para Corrientes ésta es una referencia institucional decisiva. El Senador recordó que, en ese caso, el Congreso de la Nación intervino para corregir una demarcación acordada por el Poder Ejecutivo que se apartaba de lo establecido en el Tratado de 1881 con Chile, basado en el criterio de las altas cumbres y la divisoria de aguas.
Breard recordó que, durante la década de 1990, bajo la presidencia de Carlos Menem, la Cancillería remitió al Parlamento una demarcación que no respetaba el tratado original. Esa situación generó una reacción transversal en el Congreso, con oposición de distintos bloques y disidencias incluso dentro del oficialismo, lo que derivó en una salida institucional que preservó el marco jurídico vigente.
El Senador provincial destacó que la intervención parlamentaria en los Hielos Continentales culminó en el Acuerdo de 1998, que permitió cerrar el diferendo con Chile sin desnaturalizar el tratado. Ese proceso dejó asentada una regla democrática fundamental: cuando una demarcación altera el contenido de un tratado, el Congreso no solo puede, sino que debe intervenir.
En la misma línea, Breard sostuvo que ese antecedente no solo es válido, sino plenamente aplicable al caso de la Isla Apipé.
La posición de Corrientes
Breard recordó que la posición de la provincia de Corrientes se ha sostenido de manera constante y con acciones concretas orientadas a preservar la integridad territorial. Entre ellas, mencionó las notas elevadas a la Cancillería por el gobernador Gustavo Valdés, en las que se reclamó la revisión institucional de la demarcación y el resguardo estricto del tratado de límites. El senador provincial recordó además que el conflicto fue expuesto en una audiencia pública del Senado de la Nación, impulsada por el senador nacional Eduardo Vischi. En ese ámbito, se planteó la obligación constitucional del Congreso de pronunciarse sobre la cuestión de Apipé, a la luz del precedente de los Hielos Continentales. El legislador destacó también la posición del peronismo, que a través del senador José Mayans, respaldó explícitamente la tesis de Corrientes. Cabe recordar que, en representación de Corrientes, Breard fue también designado para exponer la posición institucional de la provincia ante el ámbito legislativo nacional.
Tratados y demarcación
Al profundizar en los aspectos jurídicos del conflicto, Breard explicó que el Tratado de Límites entre Argentina y Paraguay de 1876 estableció con claridad la diferencia entre el canal principal del río y los canales de navegación. El primero constituye un hecho geográfico estable y determinante de soberanía, mientras que los segundos responden a decisiones técnicas y políticas que pueden variar con el tiempo.
Según el Senador provincial, la demarcación cuestionada confundió ambos conceptos al equiparar el canal de navegación con el canal principal, alterando así el criterio fijado por el tratado. Esa confusión tuvo consecuencias directas sobre la situación de Apipé, que quedó aislada del resto del territorio argentino pese a su condición de isla nacional.
Breard sostuvo que cuando una demarcación introduce modificaciones sustanciales al contenido de un tratado, deja de ser un acto meramente técnico. En ese punto, afirmó que se transforma en una decisión política que debe ser sometida al control del Congreso, tal como lo establece la Constitución Nacional y como ocurrió en el precedente patagónico.
El legislador utilizó una metáfora para sintetizar la gravedad del problema, remarcando que en este caso el agrimensor terminó modificando el tratado. Desde su óptica, ese tipo de situaciones no pueden resolverse exclusivamente en el ámbito del Poder Ejecutivo, ya que comprometen derechos territoriales y principios constitucionales básicos.
