viernes, 8 mayo, 2026

Cuestionamientos al ejercicio profesional del abogado José Fernández Codazzi en Corrientes

La presidenta del Colegio de Abogados de Goya expresó su preocupación por la conducta del letrado, quien se desempeña en causas de alta sensibilidad social y mantiene una matrícula activa en la Primera Circunscripción Judicial.

El nombre de José Fernández Codazzi ha generado debate en los tribunales correntinos. Su actividad en causas de alto impacto social, como los casos Nauá y Loan, y su autodefinición como «Abogado del Diablo» en redes sociales, han motivado cuestionamientos sobre su ética profesional.

En una entrevista con radio Sudamericana, la titular del Colegio de Abogados de Goya, Verónica Vergéz Etchegaray, señaló que «con accionares como estos se mancha la profesión» y calificó la situación como una preocupación para el ámbito profesional. Si bien Codazzi está matriculado en la Primera Circunscripción Judicial (Capital) y no ha realizado el cambio de matrícula a Goya, su actuación en la localidad de Esquina —que pertenece a la circunscripción de Goya— genera repercusión en esa jurisdicción.

Vergéz Etchegaray explicó que el Colegio de Abogados de Corrientes, como organismo competente, es el encargado de recibir denuncias y elevarlas al Tribunal de Disciplina, único para las cinco circunscripciones de la provincia. Dicho tribunal puede aplicar sanciones que van desde el apercibimiento hasta la suspensión de la matrícula.

La presidenta del Colegio goyano también mencionó un fallo de la Justicia de Goya, de abril de 2025, que ordenaba comunicar al Colegio de Abogados una serie de «conductas desleales» del letrado durante una audiencia. «Entiendo que muchas veces se ordena informar a nuestra jurisdicción en lugar de a la Capital», indicó, y agregó que, de formarse un legajo, se acumularían esos antecedentes.

El procedimiento disciplinario contempla que el Colegio de la Primera Circunscripción puede actuar de oficio ante hechos de público conocimiento, sin necesidad de una denuncia particular, y requiere de elementos probatorios como grabaciones de audiencias y actuaciones judiciales firmes.

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