lunes, 1 junio, 2026

Solo 52 radares de velocidad están autorizados en rutas nacionales de Corrientes

La Agencia Nacional de Seguridad Vial completó un relevamiento que detectó 152 cinemómetros ilegales en todo el país. En Corrientes, el padrón oficial registra 52 equipos habilitados, distribuidos en varias rutas nacionales.

La Agencia Nacional de Seguridad Vial (Ansv) realizó un relevamiento sobre los 40.000 kilómetros de rutas nacionales del país y detectó 152 cinemómetros que operaban sin habilitación. En la provincia de Corrientes, el registro oficial arroja 52 radares autorizados, distribuidos entre equipos fijos y móviles en distintas rutas nacionales.

El operativo, realizado durante 2026 por agentes de fiscalización y metrología vial del organismo, también encontró irregularidades entre los radares que sí contaban con autorización previa: de los 363 equipos fijos habilitados en todo el país, 124 no estaban en el lugar para el que habían sido autorizados al momento del relevamiento.

El padrón oficial de la Ansv registra 52 cinemómetros autorizados para operar en rutas nacionales de la provincia. Los equipos están repartidos en varios municipios y cubren tramos de la RN 12, la RN 14, la RN 117, la RN 118 y la RN 123.

Entre los municipios con radares habilitados figuran Ramada Paso, Alvear, Esquina, Villa Olivari, Parada Pucheta, La Cruz, Bonpland, Riachuelo, El Sombrero, Santa Rosa, Santo Tomé, Felipe Yofre, Chavarría, San Cosme y la propia Capital provincial, donde se concentra la mayor cantidad de equipos bajo la denominación: Provincial Corrientes.

El listado incluye tanto radares fijos, que registran un punto kilométrico preciso, como móviles, que tienen asignado un tramo de actuación entre dos kilómetros determinados.

Frente a los 152 equipos detectados sin autorización en todo el país, la Ansv exigió el cese de su funcionamiento y el retiro de los dispositivos. El organismo también intimó a las jurisdicciones con verificaciones técnicas vencidas para que regularicen su situación, bajo apercibimiento de perder las habilitaciones vigentes.

La intervención se apoya en la Ley Nacional 26.363 y el Decreto Reglamentario 1.716/2008, que establecen que ningún cinemómetro puede operar en una ruta nacional sin autorización previa del organismo. Un fallo reciente de la Corte Suprema reforzó esa competencia ante un reclamo del Municipio de Darwin, en Río Negro.

La Ansv recordó que una fotomulta es válida solo si incluye datos completos del equipo utilizado (marca, modelo, número de serie, homologación y calibración vigente) junto con la información precisa de la infracción: lugar, fecha, hora, velocidad permitida y velocidad registrada, más una imagen clara de la patente. También debe constar la identificación del operador habilitado, la autoridad emisora y el juzgado competente, y el control debe haber estado previamente señalizado.

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