martes, 2 junio, 2026

Condenaron a prisión a una abogada por múltiples fraudes en Goya

El Tribunal de Juicio de Goya dictó sentencia condenatoria contra la abogada Marina Soledad Arce por estafa, falsificación de instrumentos públicos y retención indebida. La pena es de tres años de prisión efectiva e inhabilitación profesional.

El Tribunal de Juicio de Goya, bajo la dirección del magistrado Julio Ángel Duarte, dictó sentencia condenatoria contra la abogada Marina Soledad Arce. La profesional, oriunda de la ciudad de Esquina, fue hallada culpable de una serie de delitos que incluyen estafa en modalidad de delito continuado, falsificación y uso de instrumentos públicos falsos, y retención indebida.

La Sentencia Nº 35/26 es el resultado de la acumulación de cuatro causas penales distintas en las que el Ministerio Público Fiscal y las querellas particulares lograron acreditar la responsabilidad penal de la imputada. Según la resolución, Arce llevó a cabo diversas maniobras fraudulentas que afectaron tanto el patrimonio de sus clientes como la fe pública.

El proceso judicial puso de manifiesto el perjuicio causado a una larga lista de ciudadanos, entre los que se encuentran José Luis Tessare, María Lucrecia Tesare, Héctor Osvaldo Escobar, Maris Beatriz Escobar, María Angélica Escobar, Pedro Oscar Pérez Ríos y Ramón Argentino Moreira.

Ante la gravedad y pluralidad de los hechos, el juez Duarte impuso a Arce la pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo. No obstante, la abogada no será trasladada de inmediato a una unidad penal; el magistrado dispuso que se mantenga la prisión domiciliaria que viene cumpliendo desde abril de este año hasta que el fallo adquiera firmeza.

Además de la privación de la libertad, la sentencia contempla una inhabilitación especial para ejercer la abogacía por el plazo de tres años, fundamentada en el artículo 20 bis del Código Penal. Una vez que la condena sea definitiva, se librarán los oficios pertinentes al Colegio de Abogados de la circunscripción para que se haga efectiva la prohibición de su ejercicio profesional.

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