El ginecólogo correntino Gerardo Alejandro Dahse, condenado a siete años de prisión por abuso sexual, acordó una reparación integral de 30 millones de pesos para suspender un segundo juicio por abuso sexual con acceso carnal. El Tribunal Oral Penal homologó el acuerdo pese a la oposición de la Fiscalía.
El ginecólogo correntino Gerardo Alejandro Dahse, que cumple una condena de siete años de prisión por abusar sexualmente de una paciente, acordó pagar 30 millones de pesos para evitar un nuevo juicio por abuso sexual con acceso carnal que debía celebrarse esta semana. El Tribunal Oral Penal de Corrientes homologó el acuerdo de reparación integral pese a la oposición del Ministerio Público Fiscal.
La decisión quedó plasmada en la Resolución N° 294, fechada el 14 de septiembre, firmada por los jueces Oscar Ignacio Dubrez, Joaquín Romero y Ana del Carmen Figueredo. El pago deberá realizarse dentro de las 24 horas posteriores a la notificación de la resolución. Además, Dahse deberá entregar una serie de bienes al dispositivo Caacs Corrientes 1 «Hormiguero»-Vientos de Libertad MTE en un plazo de 30 días, y afrontar la totalidad de las costas procesales.
Por qué la víctima aceptó
La mujer, de 38 años, denunció un hecho ocurrido en 2008. Cuando lo hizo, la situación de Dahse era diferente a la actual. Hoy el médico está detenido en la Unidad Penal N° 1 de Corrientes, tiene una condena firme de siete años por el abuso de otra paciente y una inhabilitación perpetua para ejercer la medicina. Frente a ese escenario, la víctima decidió que una nueva pena de prisión no implicaría para ella una reparación mayor y optó por el acuerdo.
Su abogada, Sofía Domínguez Briceño, fue clara sobre el razonamiento: «No borra todo lo sufrido por la víctima, ni nada lo va a hacer, ni siquiera la pena; pero sí va a colaborar con las condiciones materiales de la mujer», que es madre de una niña.
El argumento del tribunal para avalar el acuerdo
Los jueces pusieron el foco en la voluntad de la víctima por encima de la pretensión punitiva del Estado. «El mayor daño que puede provocar el Estado a una víctima no es prescindir de la sanción penal retributiva, sino negarse a escuchar su voz y obligarla a sostener un proceso penal prolongado contra su expresa voluntad», señalaron. Y agregaron que forzar a una víctima plenamente capacitada y asesorada a someterse al trauma del debate público constituye «un supuesto manifiesto de revictimización secundaria».
La Fiscalía se opuso y perdió
El Ministerio Público Fiscal pretendió que el proceso continuara y argumentó que la Ley de Protección Integral a las Mujeres prohíbe las instancias de mediación y conciliación en causas de violencia de género. El tribunal rechazó esa postura y fue más allá: cuestionó la «incoherencia institucional» de la Fiscalía al recordar que en otro expediente por abuso sexual había consentido el cierre de la causa por el paso del tiempo, y consideró contradictorio oponerse ahora cuando era la propia víctima quien pedía terminar el proceso.
El expediente no está cerrado todavía. El tribunal suspendió el sobreseimiento hasta que Dahse acredite el cumplimiento íntegro de sus obligaciones. Recién entonces se dictará «de inmediato» su sobreseimiento en esta causa, sin que ello modifique la condena que ya cumple.
