La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) adecua el sistema de cómo tramitar la devolución de percepciones del 30% por la compra de dólar oficial y de los gastos en moneda extranjera (conocido como dólar solidario o tarjeta). Es para los gastos realizados durante 2024. La noticia se conoce a cuatro días del fin del impuesto PAIS y justo con la confirmación de que este mismo no tendrá reemplazo y que la retención de Ganancias y Bienes Personales se mantendrá sin cambios.
La oficialización de la iniciativa se conoció este jueves a través de la Resolución General N° 5617/24, publicada en el Boletín Oficial. En su texto, el organismo aclara que el régimen de percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para las operaciones de compra de moneda extranjera continúa vigente en los mismos términos establecidos a través de la sustituida RG 4815/2020.
Además, desde la ARCA aclaran que avanzan en reintegrar las percepciones hasta 2023 inclusive, correspondientes a la Resolución General N° 4815/2020, aplicadas sobre operaciones en moneda extranjera. El proceso se realiza en forma escalonada y prevé completar el total de devoluciones en marzo 2025.
Según informó la ex AFIP, hasta el momento, se reintegró ese 30% a 135.000 CUITs por un total de $ 60.000 millones.
Esos adelantos, a cuenta del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales, alcanzan a la compra del dólar oficial; compra de bienes o servicios vía tarjeta de crédito o débito en el exterior. También, servicios de streaming como Netflix o Spotify.
Dólar tarjeta: ¿Cómo tramitar la devolución de las percepciones ante ARCA?
La ARCA informó como tramitar la devolución de las percepciones por la compra de dólar oficial o gastos con tarjeta en el exterior. Cómo es el paso a paso:
- Acceder con CUIT y clave fiscal a la web de ARCA
- Entrar al servicio “Devolución de percepciones”
- Seleccionar el período fiscal 2024
- De ahí a Pago a Cuenta, percepción por compras en el exterior, RG 4815
- En el menú van a aparecer opciones para informar percepciones por compra de dólares; gastos en el exterior por consumos con tarjeta de crédito y débito por pasajes aéreos o servicios turísticos o servicios contratados (plataformas digitales, por ejemplo).
- Una vez concluido el trámite, habrá que apretar en: finalizar.
Dólar tarjeta: ¿Qué sujetos son pasibles de la percepción?
Personas humanas o jurídicas, sucesiones indivisas y demás responsables que sean residentes en el país y/o efectúen alguna de las operaciones señaladas en el artículo 1° de la norma, que incluyen la compra de divisas, pago de bienes y servicios en el exterior, gastos en turismo y pasajes al exterior, entre otras.
Dólar tarjeta: ¿Qué operaciones están alcanzadas por el nuevo régimen?
- Compra de billetes y divisas en moneda extranjera (incluidos cheques de viajero) por parte de residentes en el país para: atesoramiento o sin un destino específico. Importaciones de ciertas mercaderías específicas, detalladas en el Anexo.
- Cambio de divisas por entidades financieras para pagos de bienes y/o servicios en el exterior, cuando se efectúa mediante: tarjetas de crédito, compra o débito. Otros medios de pago equivalentes (incluidos pagos por portales virtuales o compras a distancia).
- Cambio de divisas por entidades financieras para el pago de servicios prestados por sujetos no residentes en el país, cuando se efectúa mediante: tarjetas de crédito, compra o débito. Otros medios de pago equivalentes.
- Adquisición de servicios internacionales (paquetes turísticos, alojamiento, etc.) contratados a través de agencias de viajes y turismo del país.
- Adquisición de pasajes internacionales de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática.
Dólar tarjeta: ¿Qué operaciones se encuentran excluidas por el nuevo régimen?
- Compra de medicamentos.
- Adquisición de libros en cualquier formato.
- Utilización de plataformas educativas y software con fines educativos.
- La adquisición de servicios de transporte terrestre, de pasajeros, con destino a países limítrofes.
- Gastos vinculados a proyectos de investigación realizados por investigadores en el ámbito del Estado (nacional, provincial, municipal) y universidades/instituciones del sistema universitario argentino.
- Adquisición en el exterior de materiales y equipamientos destinados a la lucha contra el fuego y la protección civil, por entidades reconocidas en la Ley N° 25.054 y sus modificaciones.
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