lunes, 12 octubre, 2026

Proyecto en el Senado de Corrientes regula la atención automatizada y exige acceso a humanos

La senadora María Carlota Carballo (PRO) impulsa una iniciativa que obliga a las empresas a informar cuando el cliente interactúa con una máquina y a garantizar la opción de atención humana. El expediente tomó estado parlamentario el jueves 1 y está en comisión.

La Cámara de Senadores de la Provincia de Corrientes comenzó a analizar un proyecto de ley que establece reglas para la atención automatizada en las relaciones de consumo. La iniciativa, presentada por la senadora María Carlota Carballo (PRO), crea el Régimen Provincial de Transparencia en la Atención Automatizada y Garantía de Atención Humana al Consumidor.

El expediente Nº 8.486/26 tomó estado parlamentario en la sesión del jueves 1 y fue girado a la Comisión de Defensa del Consumidor, donde se encuentra en estudio.

Qué establece el proyecto

La propuesta alcanza a proveedores públicos o privados que comercialicen bienes o presten servicios en territorio correntino y utilicen sistemas automatizados en sus canales de atención, posventa, cobranzas o reclamos.

De sancionarse la ley, los obligados deberán informar desde el inicio y de modo expreso que el usuario dialoga con una máquina, y no podrán simular que es una persona ni negarlo cuando se les pregunte.

Además, tendrán que ofrecer un mecanismo visible y gratuito para solicitar la intervención de un operador humano en cualquier momento. Quedan vedados los recorridos circulares, las derivaciones reiteradas y las desconexiones que dilaten ese acceso. Cada gestión deberá registrarse con un código que permita acreditarla y seguirla.

Atención inmediata

Para casos como fraudes electrónicos, transacciones desconocidas, suplantación de identidad o débitos indebidos, la atención humana deberá ser inmediata y estar disponible las 24 horas, todos los días del año.

También se exige intervención de una persona ante la interrupción de servicios públicos esenciales y las urgencias en la medicina prepaga.

Se impone un canal telefónico o presencial y atención prioritaria para personas mayores, con discapacidad o con dificultades de conectividad.

La mirada de la autora

En los fundamentos del proyecto, Carballo reconoció que estas herramientas «pueden aportar beneficios significativos en términos de rapidez, disponibilidad y eficiencia», pero advirtió que su uso «no debería traducirse en una disminución de los derechos que el consumidor posee frente al proveedor». Sostuvo que «la innovación tecnológica y la protección del consumidor no constituyen objetivos contrapuestos».

La legisladora describió la situación que busca corregir: un usuario que no sabe si habla con una máquina o que queda atrapado en trayectos que «dilatan indefinidamente» la respuesta a su reclamo. Subrayó que cada minuto de demora ante un fraude puede traducirse en un perjuicio económico concreto.

Una iniciativa orientada al consenso

El proyecto fue diseñado para sortear resistencias. No prohíbe la tecnología ni pretende un régimen general sobre la IA, materias que, según los fundamentos, se debaten en el Congreso de la Nación. Se aplica de manera complementaria a la Ley Nacional Nº 24.240, cede ante las normas de los organismos federales y prevé exigencias proporcionales para micro y pequeñas empresas.

De aprobarse la normativa, la autoridad de aplicación sería la Subsecretaría de Comercio y Defensa del Consumidor, que podrá fiscalizar, llevar un registro de denuncias y publicar informes.

Las sanciones seguirían la Ley Provincial Nº 6.181 y la Nº 24.240. El Poder Ejecutivo debería reglamentar la norma en 90 días. Los proveedores tendrían 180 días para adecuarse, con prórroga de hasta 360 en casos complejos, salvo en la advertencia sobre el uso de máquinas y la atención inmediata ante fraudes.

El marco normativo

La senadora ya venía trabajando el tema. En la sesión del 7 de mayo ingresó el Expediente 8.381/26, de creación del Programa Provincial de Integración Pedagógica de la Inteligencia Artificial. Además, Carballo fue moderadora, junto al diputado Hugo Calvano (CC-ARI), de una jornada sobre IA en la Legislatura. En 2025, el Senado había recibido la opinión del Ministerio de Educación sobre otro proyecto que regula la IA: el Expediente 8.166/25.

El proyecto se apoya en el artículo 42 de la Constitución Nacional, el artículo 8º bis de la Ley 24.240 y los artículos 1.097 y 1.098 del Código Civil y Comercial, y toma del Reglamento (UE) 2024/a1689 el deber de advertir al usuario que interactúa con un sistema de Inteligencia Artificial.

Ahora, el análisis de los legisladores que integran la Comisión de Defensa del Consumidor definirá si la propuesta logra avanzar hacia el recinto.

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