miércoles, 5 febrero, 2025

Monotributo: hoy vence el plazo para hacer la recategorización en AFIP

Los contribuyentes tienen tiempo hasta este miércoles para confirmar o cambiar de categoría ante el organismo. Qué puede pasar si no se cumple con el requisito obligatorio.

Hoy, miércoles 5 de febrero, vence el plazo para que los pequeños contribuyentes del Monotributo realicen la primera recategorización de 2025. Se trata de un trámite que se hace ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA ex AFIP).

La recategorización es obligatoria para todos aquellos que hayan facturado por encima de lo permitido en su categoría en los últimos 12 meses. En cambio, aquellos que permanezcan dentro de los límites no están obligados a hacerla.

El Monotributo tiene dos fechas al año para cambiar o confirmar la categoría: el 5 de febrero y el 5 de agosto. La recategorización define el monto de la cuota que se abonará en los seis meses siguientes, de acuerdo con la facturación máxima que tuvo el contribuyente en el año previo.

A comienzos de febrero subieron 21% los topes de facturación, las cuotas mensuales a pagar y otros parámetros, como los alquileres devengados, debido a la primera actualización del año en línea con la inflación acumulada entre julio y diciembre de 2024.

Este miércoles vence el plazo para hacer la recategorización del Monotributo, los pasos a seguir son:

  • Ingresar al portal Monotributo con CUIT y clave fiscal.
  • Seleccionar la opción “recategorizarme” y automáticamente el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría.
  • Seleccionar “continuar recategorización”. Luego, se debe ingresar información sobre el monto facturado en los últimos 12 meses y “confirmar categoría”.
  • Finalmente, imprimir la nueva credencial.

Monotributo: qué pasa si un contribuyente no se recategoriza el 5 de febrero

Cuando un contribuyente obligado a recategorizarse no lo hace en el período indicado por la ARCA (ex AFIP) -o lo hace de forma inexacta- ese organismo puede realizar el proceso “de oficio”, en forma automática, y aplicar sanciones.

“El procedimiento se inicia cuando se detectan compras, gastos o acreditaciones bancarias por un valor superior a los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual se está encuadrado”, explica ARCA en su web.

La recategorización de oficio será notificada por el organismo al Domicilio Fiscal Electrónico, dentro de los 10 días hábiles administrativos posteriores al plazo previsto para realizar la recategorización. El contribuyente podrá consultar los motivos del cambio de categoría accediendo a la web de AFIP con CUIT y clave fiscal. A la vez, puede presentar un recurso de apelación a la categoría asignada dentro de los 15 días de recibida la notificación.

Monotributo 2025: cómo quedaron las escalas de facturación con la actualización de enero

Desde febrero, las escalas del Monotributo son las siguientes:

  • Categoría A: facturación anual hasta $7.813.063,45;
  • Categoría B$11.447.046,44;
  • Categoría C: $16.050.091,57;
  • Categoría D: $19.926.340,10;
  • Categoría E$23.439.190,34;
  • Categoría F$29.374.695,90;
  • Categoría G$35.128.502,31;
  • Categoría H$53.298.417,30;
  • Categoría I$59.657.887,55;
  • Categoría J$68.318.880,36;
  • Categoría K: $82.370.281,28.

Monotributo 2025: cuánto hay que pagar de cuota mensual

A partir de febrero de 2025deben abonar las siguientes cuotas en total:

  • Categoría A$32.221,31 tanto los que venden bienes y como los que ofrecen servicios.
  • Categoría B$36.679 para todos los pequeños contribuyentes de esta escala.
  • Categoría C$42.951,25 para servicios y $41.982,19 para la venta de productos.
  • Categoría D: para los que facturan servicios es de $55.047,33, y de $53.714,87 los que venden productos.
  • Categoría E: la cuota mensual es de $77.946,73 (servicios) y de $70.436,50 venta de cosas muebles;
  • Categoría F$98.096,95 para los servicios, y para los que venden productos $84.530,08.
  • Categoría G$149.836,62 para servicios ya $103.321,64 para los productos.
  • Categoría H: para servicios $340.061,68. Mientras, los que venden bienes pagarán $206.815,63.
  • Categoría I: la cuota mensual es de $626.993,55 (servicios) y de $309.020,04 venta de cosas muebles;
  • Categoría J$759.420,03 para los servicios, y para los que venden productos $377.851,82.
  • Categoría K$1.050.323,75 para quienes facturan por sus servicios yde $456.773,20 para los que venden bienes.

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