domingo, 6 septiembre, 2026

Entró en vigencia el nuevo Régimen Penal Juvenil con imputabilidad a partir de los 14 años

La Ley 27.721, que establece un sistema especial para adolescentes de 14 a 17 años, reemplaza al régimen vigente desde 1980. La norma fija un máximo de 15 años de prisión, prohíbe la reclusión perpetua y promueve medidas alternativas al encierro.

Este lunes entró en vigencia en todo el país el nuevo Régimen Penal Juvenil, establecido por la Ley 27.721, que reemplaza al esquema legal que regía desde 1980. La modificación central es la baja de la edad de imputabilidad a los 14 años, a partir de la cual los adolescentes pueden ser judicializados y procesados por los delitos previstos en el Código Penal.

La norma establece que los jóvenes de entre 14 y 17 años imputados por un delito no serán alojados en cárceles comunes, sino que quedarán bajo un sistema especial orientado a la responsabilidad legal, la educación y la reinserción social.

Límites a las condenas y medidas alternativas

El régimen prohíbe de manera taxativa las penas de prisión o reclusión perpetua para adolescentes. El tope máximo para cualquier pena privativa de la libertad se fija en 15 años. Además, se contempla la libertad condicional al cumplirse los dos tercios de la condena, sujeto a condiciones estrictas.

La ley establece que la prisión no será la respuesta automática. Si la pena prevista no supera los tres años, el encierro podrá evitarse por completo. También se habilitan salidas alternativas para penas de entre tres y diez años, siempre que el delito no haya provocado la muerte de la víctima, no haya mediado violencia física o psíquica grave, y el adolescente no tenga antecedentes ni otros procesos en curso.

Entre las sanciones no carcelarias se incluyen la amonestación formal, la prohibición de acercamiento a las víctimas, restricciones para conducir o asistir a ciertos lugares, tareas comunitarias, reparación del daño y la obligación de participar en programas educativos. También se implementa el monitoreo electrónico adolescente. Si un joven incumple de forma injustificada una sanción alternativa, el juez deberá aplicar una pena más severa.

Condiciones de detención y responsabilidad parental

La norma prohíbe que los adolescentes compartan espacios de encierro con mayores de edad. Los jóvenes privados de libertad deberán ser alojados en institutos abiertos, especializados o bajo arresto domiciliario, siempre con personal idóneo y acceso garantizado a educación obligatoria, capacitación laboral y deportes.

Los padres serán civilmente responsables por los daños y perjuicios derivados de los ilícitos que cometan sus hijos. Las víctimas podrán participar activamente del proceso y recibir información constante sobre la causa. Se mantiene la prohibición de difundir nombres, fotos, domicilios o cualquier dato filiatorio de los menores imputados.

Presupuesto y dudas operativas

El Congreso de la Nación asignó una partida presupuestaria de 23.739.155.303,08 pesos para financiar la puesta en marcha del sistema. Fuentes judiciales de juzgados de menores advirtieron sobre un posible cuello de botella debido al incremento de expedientes que ingresarán al sistema. Existen interrogantes sobre si el Poder Judicial cuenta con los recursos humanos, la infraestructura de alojamiento adecuada y la cantidad de pulseras electrónicas necesarias para cubrir la demanda en todo el país.

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